
Tras la Cumbre por el Clima (COP25) realizada en Madrid, el resultado final ha dejado muchas decisiones en el aire, solo algunos países se han comprometido a realizar esfuerzos marcados contra el cambo climático. De hecho, se ha tenido que aplazar el desarrollo del artículo del Acuerdo de París referido a los mercados de dióxido de carbono. El tema se ha decidido tratar en la próxima cumbre, que se realizará en Glasgow en noviembre del próximo año.
Para mostrar su colaboración y compromiso con el cambio climático, la Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Madrid iniciará este jueves los trámites para la modificación parcial de la Ordenanza de Movilidad Sostenible (OMS) de 5 de octubre de 2018. Esto se llevará a cabo a través de la aprobación de una consulta pública que permita mejorar esta normativa.
Cumplir con los objetivos de calidad del aire de la Unión Europea
Este procedimiento es el primer paso para llevar a cabo la puesta en marcha de la nueva Estrategia de Sostenibilidad Ambiental Madrid 360. Además, el proyecto llevado a cabo por el Ayuntamiento de Madrid, busca cumplir con los objetivos de calidad del aire de la Unión Europea.
Inmaculada Sanz, la portavoz municipal, ha explicado que la OMS actual no combate eficazmente los problemas de calidad del aire. Por lo que se requiere de una visión más global para poder ofrecer mayor protección de la salud a las personas. Por esta razón, se exige la adopción de nuevas medidas.
Además, como ha explicado la portavoz, la modificación de esta regulación sirve para reforzar diversas medidas ya tomadas. Entre ellas encontramos la dimensión de la seguridad vial, perfeccionar la normativa actual, facilitar la comprensión y la información para los ciudadanos y mejorar y modernizar la administración municipal.
El Ayuntamiento ha introducido cambios o ampliaciones de contenido, con la finalidad de incrementar la seguridad vial. Una de las medidas más destacadas es incorporar a la regulación nuevos modos de movilidad (especialmente los patinetes, cuyo uso cada vez está más extendido). Para llegar a incorporar a esta normativa las medidas que contempla Madrid 360, se necesita un desarrollo reglamentario a través de la actual OMS.

Madrid 360, además pone en marcha la implantación del Servicio de Estacionamiento Regulado (SER) de ‘alta rotación’. Según esta nueva implantación, los vehículos podrían estacionar en la vía pública por un tiempo máximo inferior al establecido en la OMS. Además, es de gran importancia regular las condiciones de estas plazas (como los lugares en los que se implantarán, los tiempos máximos de rotación, el horario y los tipos de vehículos que pueden estacionar en estas plazas). Asimismo, sería conveniente su delimitación con una señalización diferente a la que ya existe, para su mejor identificación por parte de los ciudadanos.
A petición de los vecinos, Madrid 360 pretende ampliar el Servicio de Estacionamiento Regulado a barrios exteriores a la M-30. Esto llevará a suprimir de la ordenanza los artículos que se refieren las Zonas de Aparcamiento Vecinal (ZAV).
Equiparación de comerciantes con residentes en Centro
Las medidas que recoge la Estrategia Madrid 360 para el distrito Centro de la ciudad, implicarán diversas modificaciones en la regulación de la OMS de la Zona de Bajas Emisiones (ZBE). Una de las principales medidas, es equiparar a los comerciantes de Centro con los vecinos para permitir a los profesionales acceder a la zona, circular y estacionar en superficie. La única finalidad de esto, sería poder ejercer su actividad.
Limitación gradual a los vehículos más contaminantes
Para compatibilizar las necesidades de movilidad de los ciudadanos en vehículo privado con la necesidad de reducir las emisiones de óxido de nitrógeno, Madrid 360 reducirá el espacio de circulación a los vehículos más contaminantes, aquellos que no cuentan con distintivo ambiental, para lo que prevé una serie de medidas concretas que se implantarán de forma gradual:
- A partir del 1 de enero de 2020 quedará prohibido el estacionamiento a vehículos A en la zona SER. Esta coincide prácticamente con el interior de la almendra central, salvo para los residentes en su propio barrio.
- A partir del 1 de enero de 2022 quedará prohibido el acceso y circulación dentro de la M-30 a todos los vehículos A de los no residentes en la ciudad.
- A partir del 1 de enero de 2023 se incluirá la prohibición de la circulación para los vehículos A de no residentes en Madrid también en la M-30.
- A partir del 1 de enero de 2024 ningún vehículo A de fuera de Madrid podrá circular por todo el término municipal.
- A partir del 1 de enero de 2025 ningún vehículo A, residente o no en Madrid, podrá circular por la ciudad.
El Ayuntamiento pretende con este nuevo paso incrementar la información y la transparencia municipal, así como abordar una mejora técnica del texto normativo.

La Ordenanza de Movilidad Sostenible de 2018
La Ordenanza de Movilidad Sostenible de 5 de octubre de 2018, estableció una prohibición general de estacionamiento de vehículos sin distintivo ambiental (vehículos de categoría A) en las plazas de las Áreas de Estacionamiento Regulado (SER).
Esta prohibición tiene las siguientes excepciones:
- Residentes en su respectiva Área de Estacionamiento Regulado.
- Vehículos comerciales e industriales que ya disponían de autorización de estacionamiento SER en el momento de entrada en vigor de la Ordenanza de Movilidad Sostenible (24 de Octubre de 2018).
- Los vehículos auxiliares de apoyo a la operación del servicio de transporte público colectivo urbano general de uso regular.
- Los vehículos de 2 y 3 ruedas.
- Los vehículos destinados a transportar personas que acrediten disponer y empleen la autorización especial para personas con movilidad reducida.
- Y los vehículos destinados a servicios esenciales.

Madrid central: como funciona hasta ahora
Esta zona mide 472 hectáreas y su perímetro coincide prácticamente con el distrito Centro. Es decir, las rondas, los bulevares y el eje Prado-Recoletos. Este itinerario es más conocido e intuitivo que el de las actuales APR, lo que lo hace más fácilmente comprensible por parte de la ciudadanía. Agrupa las cuatro APR actuales y amplía su espacio también a los barrios de Justicia y Universidad. Funciona de forma similar a APR. Es decir, prioridad residencial y para los servicios públicos y personas con movilidad reducida.
El objetivo es favorecer los modos de transporte sostenibles para proteger la salud de la ciudadanía frente a la contaminación, que causa miles de muertes prematuras en Madrid, según diversos estudios. Entre ellos los de la Agencia Europea del Medio Ambiente.
Con su implantación, se evita un 37% de los km recorridos actuales y un 40% de las emisiones de dióxido de nitrógeno (NO2), un contaminante que afecta a la salud. Sobre todo de niños, embarazadas, enfermos crónicos y personas mayores. También reduce los niveles de partículas en suspensión. Y no solo en el distrito Centro, sino en el resto de la ciudad. La modelización de las 30 medidas del Plan A recoge una reducción del 23% del NO2 en Madrid.
También supondrá menos ruido, la pacificación del tráfico y la liberación de espacio público. Dará así el protagonismo a las personas que viven y visitan el distrito en un entorno más acogedor y sano. Además, calles como Gran Vía o Atocha están siendo reformadas para ampliar aceras y dar más espacio a la bici.

Normas básicas de acceso hasta el día de hoy
Los vehículos de las personas empadronadas pueden circular libremente con coches, motocicletas o motos entres ruedas por el interior de Madrid Central y estacionar en el SER en su barrio.
Si carecen de etiqueta de la DGT, podrían hacerlo hasta el 31 de diciembre de 2024. A partir de esa fecha, solo podrían hacerlo si se trata de vehículos históricos. Si cambian de vehículo antes de esa fecha, deberán hacerlo por otro con etiqueta. Además, pueden aparcar en las zonas SER de su barrio. Fuera de él, será previo pago. Si los residentes empadronados utilizan vehículos de sustitución, renting o leasing, estos tendrán que tener distintivo ambiental.
Al mes, se tienen 20 invitaciones de un día para personas o servicios. Estos pueden estacionar en el SER durante dos horas máximo, o en un aparcamiento sin tiempo límite. Los vehículos de invitados que no dispongan de etiqueta ambiental podrán acceder a Madrid Central hasta el 31 de diciembre de 2019. Además:
- Los coches con etiqueta ambiental CERO emisiones pueden circular y estacionar en el SER sin restricción horaria.
- Los vehículos con etiqueta ECO pueden entrar y estacionar en el SER un máximo de 2 horas.
- Los que tengan la etiqueta B o C pueden acceder únicamente para aparcar en un aparcamiento de uso público, garaje privado o reserva.
- Las motos y ciclomotores con etiqueta B o C pueden acceder y estacionar de 7 a 22 horas. Las ECO o CERO emisiones podrán acceder sin limitación horaria.

Excepciones
Más allá de la norma general, hay excepciones y moratorias para numerosos colectivos por sus características y los servicios que prestan al centro. Por ejemplo, personas con movilidad reducida, servicios esenciales, colegios, titulares de plazas de garajes y servicios profesionales, como la carga y descarga. Si te encuentras entre alguno de los siguientes colectivos, revisa la norma en profundidad:
- Vehículos que lleven a personas con tarjeta PMR
- Bicicletas y otros vehículos de movilidad urbana
- Motocicletas, ciclomotores y vehículos de tres ruedas
- Titulares de plazas de garaje particulares y plazas de aparcamiento municipal para residentes (PAR)
- Parkings de uso público o privado y reservas de estacionamiento no dotacional
- Taxis y VTC con servicio previamente contratado.
- Vehículos de carsharing
- Actividades y establecimientos ubicados en Madrid Central
- Turismos de trabajadores de la zona
- Trayectos a colegios
- Talleres de reparación
- Autoescuelas
- Propietarios de viviendas en Centro no empadronados
- Vehículos de empresa y profesionales de servicios de suministros
- Servicios públicos esenciales
- Vehículos con matrícula extranjera y diplomáticos
- Vehículos especiales o blindados

Preguntas que te haces ahora mismo
Si tengo un vehículo de categoría A (sin distintivo ambiental), ¿podré estacionarlo en la zona SER a partir del 2020?
No. Desde el día 1 de enero de 2020 tienen prohibido estacionar en las plazas del Área SER (Servicio de Estacionamiento Regulado). Además, los parquímetros de la zona SER no expedirán tiques para vehículos de categoría A (sin distintivo ambiental).
El incumplimiento de la prohibición de estacionamiento establecida para estos vehículos llevará aparejado la imposición de una sanción de 90 euros, 45 por pronto pago.
Los vehículos exentos de esta prohibición:
- Vehículos con autorización del SER de Residentes en su respectivo Barrio.
- Vehículos comerciales e industriales que dispongan de autorización de estacionamiento SER.
- Los vehículos auxiliares de apoyo a la operación del servicio de transporte público colectivo urbano general de uso regular.
- Los vehículos de 2 y 3 ruedas.
- Los vehículos destinados a transportar personas que acrediten disponer y empleen la autorización especial para Personas con Movilidad Reducida.
- Y los vehículos destinados a servicios esenciales.

Vehículo de categoría A (sin distintivo ambiental) con autorización de Residente del SER. ¿Dónde puedo estacionar en 2020?
En las plazas verdes de estacionamiento regulado del barrio donde esté empadronado. Podrá obtener la autorización anual o mensual de estacionamiento para su vehículo de categoría A hasta el 31 de diciembre de 2024.
No podrá estacionar en ninguna de las plazas de los restantes barrios de la zona SER, ni en las plazas azules de su propio barrio, ya que los parquímetros de la zona SER no expedirán tiques para vehículos de categoría A (sin distintivo ambiental) a partir del día 31 de diciembre de 2019.
Los vehículos de 2 y 3 ruedas de categoría A ¿pueden estacionar en la zona SER a partir del 31 de diciembre de 2019?
Sí. Esta autorización no otorga permiso de acceso a la Zona de Bajas Emisiones Madrid Central, a la que no podrán acceder estos vehículos de categoría A.
Titular de tarjeta de estacionamiento para personas con movilidad reducida (TEPMR). Vehículo en el que se efectúan desplazamientos tiene categoría A, ¿podrá ser estacionado en zona SER en 2020?
Sí. Los vehículos de categoría A (sin distintivo ambiental) destinados a transportar personas que dispongan de la autorización especial para Personas con Movilidad Reducida (TEMPR) y que la exhiban en la forma reglamentaria podrán estacionar en las plazas del SER en el año 2020.
¿Pueden estacionar en zona SER a partir del 31 de diciembre de 2019 los vehículos de categoría A de servicios esenciales?
Sí. Podrán estacionar en las plazas de la zona SER a partir del día 31 de diciembre de 2019 los vehículos de categoría A destinados a servicios esenciales, incluyendo los vehículos de extinción de incendios, salvamento y protección civil, Fuerzas y Cuerpos de seguridad del Estado, Policía Municipal, Agentes de Movilidad, ambulancias y vehículos de asistencia sanitaria.

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