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Entra en vigor la nueva Ordenanza de Movilidad

por Patricia Méndez Deja un comentario

  • Estas son las principales medidas

  • Los distintivos ambientales de la DGT serán obligatorios desde mañana

Entra en vigor la nueva Ordenanza de Movilidad. A raíz de esta nueva normativa, Madrid ha reducido la velocidad de circulación en la mayoría de sus calles a 30 km/h. Así, la capital apuesta por la sostenibilidad. Estas son las nuevas medidas y cómo afectarán a cada tipo de vehículo.

tráfico en madrid
La nueva normativa busca reducir el tráfico en la ciudad

El Ayuntamiento de la capital ha aprobado una nueva ordenanza de movilidad sostenible. La nueva medida busca reducir el tráfico en el corazón de la ciudad y entra en vigor mañana, 24 de octubre.

Este nuevo conjunto de normas regula la movilidad urbana y compartida, como patinetes eléctricos y segways. También favorede la circulación de los peatones y restringe el aparcamiento de motos y bicicletas. La circulación de patines, patinetes y monopatines se verá también limitada. A partir de ahora, no podrán superar el ritmo de los viandantes.

Asimismo, la Ordenanza regula la zona de aparcamiento denominada almendra central, que coincide con el interior de la M-30. También afectará al protocolo anticontaminación de Madrid. Si vives en Madrid o sus inmediaciones y eres conductor, toma nota de las nuevas medidas:

  • Velocidad máxima de 30 km/h en las calles de carril único o de un carril por cada sentido. Si la acera y la calzada están a la misma altura, el ritmo máximo será de 20 km/h. El 85% de las vías de Madrid se verá afectado por esta medida.
  • Si la seguridad vial lo aconseja, las calles con más de un carril por sentido seguirán manteniendo el límite de 50 km/h. También será así en la Red Básica de Transportes.
  • La M-30, la M-40 y los accesos a la capital conservan los límites antiguos.
  • Además del área de Servicio de Estacionamiento Regulado (SER), se crean otras nuevas. Esto ocurrirá en barrios con efecto frontera o alta densidad de estacionamiento, y pasarán a denominarse Zonas de Aparcamiento Vecinal. Allí, sus residentes podrán estacionar gratuitamente y sin limitación de tiempo. Sin embargo, los no residentes tendrán permitido aparcar un máximo de dos horas.
  • A partir de 2020, los vehículos sin pegatina de la DGT no podrán aparcar en la zona SER. Se hará excepción con los residentes en su propio barrio.

Lo relevante a los peatones

  • En las áreas señaladas como zona 30, los viandantes podrán cruzar la calle fuera de los pasos de peatones. En cualquier caso, deberán asegurarse de que lo hacen sin comprometer la seguridad vial.
  • El Ayuntamiento aumentará el control de semáforos con cámaras.
  • Las aceras y zonas peatonales quedan protegidas. Está prohibido el acceso, circulación y estacionamiento de vehículos en ellas. Sí se permite, excepcionalmente, que algún vehículo transite por ese espacio acomodándose al ritmo del peatón y procurando no causar molestias.
  • Los vehículos de dos ruedas (motos, ciclomotores, bicicletas, segways y patinetes eléctricos) solo podrán aparcar en las zonas habilitadas para ello. A falta de ellas, pueden estacionar en las aceras, dejando tres metros de ancho libres o estando a cinco metros de distancia de un paso de cebra.

Respecto a los patinetes

  • Los patinetes eléctricos y segways se consideran vehículos de Movilidad Urbana. Podrán circular por ciclocalles, calles residenciales, carriles bici, pistas bici, sendas bici y vías con límite de 30 km/h.
  • Las plataformas de una o dos ruedas y patinetes con motor se considerarán vehículos de Movilidad Urbana Tipo A.
  • Los segways y patinetes eléctricos son vehículos de Movilidad Urbana Tipo B.
  • Los vehículos de Movilidad Urbana Tipo C son las bicicletas con cesta grande, las de pasajeros, las de reparto y los trixies. Se les reservan las ciclocalles, aunque en el plazo de un año podríamos ver también allí segways y patinetes eléctricos. Estos últimos también podrán transitar por las “calles 20” y “calles 30”. Si van por la calzada, deben marchar por la parte central del carril.
  • Se prohíbe la circulación de patinetes por los carriles bus y los tramos de la M-30 sin semáforos.
  • La edad mínima para utilizar un vehículo de Movilidad Urbana será de 15 años. Los menores, podrán hacerlo en zonas cerradas al tráfico y acompañados de adultos. Los menores de 16 años deberán llevar casco.
  • Los patines y los patinetes sin motor pueden transitar por las aceras y zonas peatonales a la misma velocidad que los peatones. No podrán exceder los 10 km/h en el caso de aceras-bici o sendas ciclables.

De interés para bicicletas

bicicletas en la ciudad

  • Las bicicletas no pueden circular por las aceras o calles peatonales. Una excepción serán los niños acompañados de adultos a pie. en cualquier caso, no podrán sobrepasar los 5 km/h.
  • Aunque el semáforo esté rojo, las bicicletas podrán girar a la derecha. Habrán de respetar, eso sí, la prioridad del resto de los usuarios. En calles residenciales, podrán circular en ambos sentidos de la marcha.
  • Quedan prohibidos los ciclos de más de cuatro ocupantes.

Archivado en: Actualidad Etiquetado como: bicicletas, circulación, coches, contaminación, peatones, tráfico, velocidad

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