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¿Qué pasa cuando te vas sin pagar de un bar?

A ritmo de conga se fueron sin cancelar los 200 invitados de una boda en León. Foto: Gonzoo

Irte sin pagar es una estafa. Por mucho que tratemos de camuflarlo entre bromas y risas es así. Pese a ello parece que el conocido popularmente como ‘simpa’ es más que frecuente en la cultura mediterránea. De hecho viendo la noticia del caso de León en una televisión nacional en el que hicieron un simpa de los de órdago,  las presentadoras no pudieron evitar reírse mientras daban la noticia.

Y es que por lo general esta práctica en nuestro país no está tan mal vista si nos comparamos con otros países europeos. Ya sabes el toque de la picaresca en este país parece que es algo bastante presente o, al menos, bastante perdonable. En Inglaterra o en Alemania se vería como algo deshonesto y con lo que no se bromea. Aquí no hemos tardado en hacer hasta un monólogo hablando de él.

Los profesionales del «megasimpa» de Bembibre

El pasado febrero los 150 comensales de un bautizo celebrado en la localidad leonesa de Bembimbre se dieron a la fuga. Dejando como resultado una deuda que ascendía nada más y nada menos que a 2.000 euros. Por ese motivo se ha detenido a un ciudadano de origen rumano que vive en Ponferrada. También se busca a una segunda persona que ya ha sido identificada como «el que contrató el bautizo».

Por otra parte la Guardia Civil imputa a esta persona un hecho similar acaecido en la zona. En este caso era la celebración de una boda con más de 200 comensales. Y que dejó como resultado una cuenta sin abonar de cerca de 10.000 euros.

El dueño del restaurante comentó a los medios que cuando fueron a servir la tarta todos los invitados habían desaparecido. Aunque intentaron interceptarlos en el aparcamiento resultó imposible. La forma de actuar coincide en ambos casos así como la coordinación de los comensales a la hora de darse a la fuga.

¿Qué consecuencias legales hay si te vas sin cancelar la cuenta?

Primeramente esta práctica se movía en un terreno blando con bastante impunidad para el perpetrador. Se trataban como faltas hasta la entrada en vigor de la reforma del Código Penal.

Actualmente son tratados como delitos leves de estafa cuando la cuantía en todo caso no supere los 400 euros. Lo que se traduce en multas día determinadas por el tribunal de turno y se hace en función de los ingresos.

Sin embargo, las penas se endurecen para quién acumule más de tres condenas por delitos similares según el art 250.8 del Código Penal. Por este motivo en las condenas por delito continuado se puede llegar a aplicar la mitad superior en grado.

En todo caso, no es nada común ir a denunciar estas prácticas, ni es una prioridad para la policía. Por lo general, la mayoría de los negocios asumen estas pérdidas aunque algunas veces son los camareros los que tienen que hacerse cargo.